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ARISTON GROUP

Códigode ética

1. Introducción

El presente documento, denominado “Código Ético” (en adelante también “Código”), es un documento oficial que describe los compromisos y las responsabilidades éticas en la conducción de los negocios y de las actividades de la empresa asumidos por cada una de las sociedades del Grupo Ariston Thermo (en adelante, Sociedades de pertenencia o Sociedades del Grupo). Además, reglamenta el conjunto de derechos, deberes y responsabilidades que las Sociedades del Grupo asumen expresamente para con aquellos con quienes interactúan en el desarrollo de su actividad.

El Código tiene asimismo el objetivo de introducir y hacer vinculantes en las Sociedades del Grupo los principios y las reglas de conducta relevantes para la prevención razonable de los delitos indicados en el D.L. n. 231 del 8 de junio de 2001 y de las violaciones de la normativa antitrust italiana y de la Unión Europea.

El Código, considerado en su totalidad y conjuntamente con todos los procedimientos específicos de aplicación aprobados en las Sociedades del Grupo, debe considerarse parte integrante de los contratos de trabajo subordinado vigentes o por estipular.

La violación de sus disposiciones implicará un acto ilícito de naturaleza disciplinaria y, como tal, será perseguido y sancionado por las Sociedades del Grupo y podrá requerir una indemnización de los daños ocasionados.

En cuanto a los colaboradores, asesores y trabajadores autónomos que prestan su actividad a las Sociedades del Grupo y a los otros sujetos terceros, la suscripción del presente Código o de un extracto del mismo o la adhesión a las disposiciones y principios que establece constituyen una condición indispensable de la estipulación de contratos de cualquier naturaleza entre las Sociedades del Grupo y dichos sujetos; las disposiciones suscritas o en todo caso aprobadas, incluso para hechos concluyentes, son parte integrante de los contratos.

En razón de lo antedicho, eventuales violaciones por parte de terceros de disposiciones específicas del Código, según la gravedad, pueden legitimar la aplicación de multas y, en los casos más graves, la rescisión por parte de las Sociedades del Grupo de las relaciones contractuales vigentes con dichos sujetos, además de considerarse como causas de cese automático del contrato.

2. Visión y Misión

La Visión del Grupo Ariston Thermo es “confort sostenible para todos”.

Esto significa garantizar a todos, en todos los rincones del mundo, soluciones de gran calidad para el calentamiento del agua y los ambientes, respetando el planeta.

Nuestra Misión es “ser el proveedor de referencia global con la oferta más completa de soluciones eficientes y sostenibles para el calentamiento del agua y los ambientes”.

Es de conocimiento común el papel desempeñado por el sector del confort térmico en la contribución a la reducción de los gases invernadero y de los índices de carbono.

El Grupo ha utilizado sus 90 años de experiencia para desarrollar productos innovadores y sofisticados sistemas combinados para el calentamiento del agua y los ambientes.

Ariston Thermo da testimonio hoy de su compromiso con la eficiencia energética mediante significativas inversiones en energías renovables, en el desarrollo de productos de alta eficiencia energética sofisticados, y en la actividad de investigación, desarrollo y proyecto de alto contenido tecnológico-innovador.

La Responsabilidad Social fue uno de los principios básicos de la fundación de la primera Sociedad noventa años atrás. En la actualidad, la visión de la empresa sigue siendo la de su fundador, Aristide Merloni: “En una iniciativa industrial no existe valor de éxito económico si no hay compromiso con el progreso social”.

Este profundo y radicado respeto por el desarrollo socio-económico, por el ambiente, por la creación de bienestar local, por una libre competencia en los mercados y por las diferentes culturas ha colocado a Ariston Thermo en la vanguardia de su sector en lo que hace al abordaje de los temas relacionados con el cambio climático.

En los últimos 20 años Ariston Thermo ha afianzado su presencia en la industria del confort térmico y ha ampliado sus actividades hasta convertirse en la empresa más global del sector, generando la mayor parte de su cifra de negocios en el extranjero.

Además, cuenta con numerosas plantas de producción y organizaciones comerciales en todo el mundo.

El Grupo goza de una posición prioritaria en los mercados maduros y es líder en los mercados de rápido desarrollo.

3. Adopción del Código Ético y destinatarios

El Código Ético está dirigido a los órganos sociales y sus componentes, a los empleados, prestadores de trabajo permanentes u ocasionales, asesores y colaboradores de cualquier título, apoderados y cualquier otro sujeto que pueda actuar en nombre y por cuenta de la Sociedad de pertenencia y de las otras Sociedades del Grupo (en adelante también “Destinatarios del presente Código” o “Destinatarios”). Los Destinatarios del presente Código tienen la obligación de asimilar los contenidos y respetar los preceptos del Código, que se pondrá a su disposición según las especificaciones siguientes.

En particular, los órganos de gestión de las Sociedades del Grupo, al fijar los objetivos de la empresa, se comprometen a inspirarse en los principios contenidos en el Código.

Los directivos de las Sociedades del Grupo se hacen cargo de la efectiva aplicación del Código y de su difusión dentro y fuera de ellas.

Los empleados de las Sociedades del Grupo, además de cumplir con las normas vigentes y las disposiciones previstas por el contrato colectivo, se comprometen a adecuar las modalidades de prestación de su actividad laboral a las finalidades y disposiciones previstas por el presente Código; esto tanto en las relaciones dentro de la empresa como en las relaciones con sujetos externos a la Sociedad de pertenencia y a las otras Sociedades del Grupo, especialmente con la Administración Pública y las Autoridades Públicas.

Es requisito imprescindible en toda relación de colaboración rentable con cada una de las sociedades de Ariston Thermo el respeto de los principios y disposiciones contenidos en el presente Código por parte de los colaboradores y demás sujetos terceros. En tal sentido, en el momento de la estipulación de contratos o acuerdos con colaboradores u otros sujetos terceros, las Sociedades del Grupo entregan a sus interlocutores el presente Código Ético o un extracto significativo del mismo y les exigen comprometerse a respetar su contenido.

4. Valores

Ariston Thermo basa su desempeño en los siguientes valores:

PROCEED FROM INTEGRITY “Acting with respect and honesty is not a choice. It’s a duty.”

Ariston Thermo exhorta a sus colaboradores a comportarse según las más estrictas reglas éticas y con la máxima honestidad. La conducta de cada uno debe inspirarse en el respeto y la honradez para con los colegas, los clientes, los proveedores y los socios comerciales.

PEOPLE COME FIRST “Strength lies in diversity. Give people a chance. Pave the way to make them successful. ”

Ariston Thermo cree en el trabajo de equipo y en la diversidad, favorece el encuentro entre distintas culturas y valoriza el aporte de nuevas perspectivas. Promovemos la iniciativa personal, la participación y el sentido de la responsabilidad. Creemos en el mérito y ofrecemos oportunidades de crecimiento valorizando los mejores recursos de la empresa, independientemente de dónde operen.

INSPIRE THROUGH EXCELLENCE “Create opportunities and commit to make them happen. Explore, learn, improve.”

El objetivo de Ariston Thermo es ser líder en su sector. Aspiramos a mejorar constantemente a través de la innovación y la generación continua de nuevas ideas. Invitamos a nuestros colaboradores a cultivar la pasión por el aprendizaje y la experimentación de nuevos enfoques de estudio de distintas soluciones. Buscamos personas capaces de implementar iniciativas con rapidez y precisión y de adaptarse a condiciones y contextos internacionales en continua mutación.

START FROM CUSTOMERS “Listen, stay tuned and care. Deliver solutions that exceed expectations.”

Ariston Thermo coloca la satisfacción del cliente a la cabeza de sus prioridades, con la intención de crear valor mediante una oferta de productos de máxima calidad y la garantía de un servicio excelente. Atendemos a nuestros clientes respondiendo a sus exigencias y proponiendo las mejores soluciones disponibles.

BELIEVE IN SUSTAINABILITY “Think ahead. Energy efficiency and comfort are possible and necessary. It’s worth it.”

Ariston Thermo cree en el concepto de crecimiento sostenible y actúa en consecuencia. Nos empeñamos en garantizar el máximo confort al menor coste energético posible. Contribuimos a preservar nuestro planeta dando acceso a las tecnologías más eficientes y a los mejores servicios en todo el mundo.

5. Reglas de conducta

Las reglas de conducta contenidas en esta sección indican los comportamientos a observar durante el desarrollo de las actividades de la empresa de conformidad con los valores en los que se inspira el presente Código.

5.1. Tutela de las personas

Se favorece la consolidación de un clima de empresa basado en la tolerancia y el respeto de la dignidad humana, por lo que el Grupo repudia, sobre todo internamente, cualquier discriminación entre empleados y colaboradores debida a cuestiones de sexo, etnia, idioma, religión, política, condiciones sociales y personales. Se favorece un ambiente de trabajo donde se garantice la dignidad de cada individuo y donde las relaciones entre las personas se basen en el respeto, la honradez y la colaboración.

Está prohibido:

-  adoptar comportamientos que puedan crear un clima intimidatorio u ofensivo para los colegas o colaboradores;

-  adoptar comportamientos que puedan perjudicar la sensibilidad ajena, incluido el acoso sexual (contactos físicos indeseados, gestos y afirmaciones con connotaciones sexuales y ostentación de imágenes);

-  adoptar represalias contra cualquier empleado que de buena fe se oponga o denuncie eventuales casos de discriminación, molestia u ofensa a la persona

5.2. Colaboradores
Los Colaboradores (entendidos como administradores, empleados y quienes, independientemente de su cualificación jurídica en la relación, operen bajo la dirección o vigilancia de las Sociedades del Grupo) deben adoptar una conducta correcta y transparente durante el desarrollo de sus funciones.

Obligaciones de los Colaboradores
A cada Colaborador se exige el conocimiento de las disposiciones contenidas o mencionadas en el Código y las normas de ley de referencia que reglamentan la actividad desarrollada en el ámbito de su función y que constituyen parte integrante de la prestación laboral de cada uno.
El Colaborador que sepa de supuestas conductas ilícitas tiene la obligación de comunicarlas a través del sitio web oficial del correspondiente correo electrónico www.aristonthermo.com/en/governance/whistleblowing formulario on-line o a través de la casilla whistleblowing@aristonthermo.com.

Los Colaboradores también tienen la obligación de:
a)  abstenerse de comportamientos contrarios a las disposiciones y normas;
b)  dirigirse a sus superiores o al Responsable/Director HR&O para las aclaraciones necesarias sobre las modalidades de aplicación del Código y de las normas de referencia;
c)  comunicar inmediatamente al Responsable/Director HR&O y, si es necesario, a sus superiores eventuales noticias sobre posibles violaciones del Código;
d)  colaborar con la Sociedad de pertenencia en caso de investigaciones para verificar y eventualmente sancionar posibles violaciones;
e)  participar activamente en las iniciativas de formación organizadas por la Sociedad de pertenencia.

Cada Responsable de Función de la empresa tiene la obligación de:
a)  garantizar el cumplimiento del Código por parte de sus subordinados;
b)  constituir con su comportamiento un ejemplo para sus subordinados;
c)  hacer todo lo posible para que los empleados comprendan que las disposiciones del Código son parte integrante de su prestación laboral;
d)  seleccionar empleados y colaboradores que se comprometan a respetar los principios contenidos en el Código.

Todo Colaborador que, actuando en nombre y por cuenta de la Sociedad y de las otras sociedades del Grupo, entre en contacto con terceros con los que la Sociedad y las otras Sociedades del Grupo piensan emprender relaciones comerciales o con los que tengan relaciones de carácter institucional, social, político o de cualquier otra naturaleza tiene la obligación de:
a)  informar a tales sujetos de los compromisos y obligaciones impuestos por el Código;
b)  exigir el respeto de las obligaciones del Código en el desarrollo de sus actividades;
c)  adoptar las iniciativas internas necesarias en caso de rechazo por parte de los sujetos terceros a adecuarse al Código o en caso de ausencia de ejecución o ejecución parcial del compromiso asumido de observar las disposiciones del Código.

Cada Colaborador tiene la obligación de operar con diligencia para proteger los bienes de la empresa contra usos inadecuados o incorrectos.

En particular, por lo que concierne a las aplicaciones informáticas, cada colaborador tiene la obligación de adoptar estrictamente las políticas de seguridad de la empresa para no comprometer el funcionamiento y la protección de los sistemas informáticos.

Cada Colaborador tiene la obligación de respetar los principios de honradez, integridad, de comportamiento apropiado y confidencialidad durante el uso de las aplicaciones informáticas, por lo que se deberán evitar todos los comportamientos que puedan de alguna manera, incluso potencialmente, implicar violaciones de la política adoptada por Ariston Thermo y de la normativa aplicable.

Todos los Colaboradores tienen la obligación de evitar cualquier actividad o situación de interés personal que constituya o pueda constituir, aun sólo potencialmente, un conflicto entre los intereses individuales y los de la Sociedad de pertenencia y de las otras Sociedades del Grupo.

Se prohíbe a los Colaboradores participar directa o indirectamente, a cualquier título por cualquier motivo, en iniciativas comerciales que impliquen posibles situaciones de competencia con la Sociedad de pertenencia y las otras Sociedades del Grupo.

En caso de identificar situaciones de conflicto de interés, incluso potencial, ya sea internas o externas a la actividad de la empresa, el sujeto afectado deberá abstenerse de adoptar la conducta en conflicto comunicándolo inmediatamente al Organismo de Vigilancia, al cual compete la evaluación, caso por caso, de la posible existencia de incompatibilidades o situaciones de perjuicio.

Cada Colaborador tiene la obligación de respetar el Manual de Conformidad Antimonopolio redactado por Ariston Thermo y que le ha sido entregado individualmente, para evitar que a través de sus comportamientos (activos u omisivos) puedan producirse alteraciones de la libre competencia no compatibles con el derecho antitrust nacional y de la Unión Europea. Si un Colaborador entra en conocimiento de eventuales violaciones de la normativa antitrust puesta en vigor por una de las sociedades de Ariston Thermo o por sus competidores, tiene la obligación de informar inmediatamente a su superior, el Group General Counsel o Group Compliance Manager.

Selección, contratación y plan de carrera

Las Sociedades del Grupo reconocen la importancia de los recursos humanos, con la convicción de que el principal factor de éxito de toda empresa es la contribución profesional de las personas que trabajan en ella, en un marco de lealtad y confianza recíproca. Por lo tanto, en la fase de selección, contratación y plan de carrera del personal, cada sociedad de Ariston Thermo realiza evaluaciones exclusivamente sobre la base de la correspondencia entre los perfiles esperados y los perfiles propuestos y de consideraciones de mérito transparentes y comprobables, en coherencia con las políticas y los procedimientos establecidos. La gestión de las relaciones laborales se orienta a garantizar la igualdad de oportunidades y a favorecer el crecimiento profesional de los empleados.

Las Sociedades de Ariston Thermo no instauran ninguna relación laboral con extranjeros carentes de permiso de permanencia, no realizan actividades que favorezcan el ingreso ilícito o clandestino de personas en el país, y verifican la situación regular de cada candidato.

Las Sociedades del Grupo en el ámbito de los procesos de selección del personal y plan de carrera del personal no cometen discriminación alguna, ni directa ni indirecta, sobre la base de motivos sindicales, políticos, religiosos, raciales o de diferencias de idioma o de sexo.

Cada Sociedad del Grupo tutela la integridad del personal, garantizando condiciones de trabajo respetuosas de los derechos humanos y la dignidad de la persona. Se prohíbe el trabajo irregular o forzado y el empleo de menores, y no se toleran episodios de violencia y molestia física o psicológica, como acoso, molestias sexuales, humillaciones, intimidaciones y falsas acusaciones.

Las Sociedades del Grupo respetan la diversidad del personal y promueven el mantenimiento de una positiva y provechosa relación entre Colaboradores, orientada al respeto mutuo.

5.3. Seguridad, salud y ambiente de trabajo

Cada Sociedad de Ariston Thermo presta particular atención a la creación y a la gestión de ambientes y lugares de trabajo adecuados en términos de seguridad y salud de los colaboradores, de conformidad con las directivas nacionales e internacionales pertinentes.

Las Sociedades del Grupo favorecen la integridad física y moral de los Colaboradores con ambientes de trabajo seguros y salubres, traslados internacionales seguros y protegidos, condiciones de trabajo respetuosas de la dignidad individual y de la normativa aplicable en materia de derecho laboral.

Las Sociedades del Grupo, para garantizar la seguridad en los lugares de trabajo, inspiran su conducta en la conducción de la actividad según principios y criterios considerados necesarios y prioritarios respecto de las exigencias organizativas y de producción. En particular, actúan constantemente para: evitar riesgos; evaluar adecuadamente losriesgos que no se pueden evitar; combatir los riesgos en suorigen; adecuar el trabajo al empleado, especialmente en lo que hace a la concepción de los puestos de trabajo y la elección de las herramientas y los métodos de trabajo y producción, atenuar el trabajo monótono y el trabajo repetitivo para limitar sus efectos en la salud; tener en cuenta el grado de evolución de la técnica; sustituir lo peligroso con lo no peligroso o menos peligroso; programar Plan de la prevención de accidentes haciendo hincapié en un enfoque consistente que integre la técnica los requisitos técnicos, la organización del trabajo, las condiciones laborales, las relaciones sociales y la influencia el efecto de los factores del ambiente laboral; dar prioridad a las medidas de protección colectiva respecto de las medidas de protección individual; impartir instrucciones adecuadas a los trabajadores.


Estos principios se utilizan para tomar las medidas necesarias en pos de la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, incluidas las actividades de prevención de riesgos profesionales, información y formación, preparación de la organización y de los medios necesarios.
Las Sociedades del Grupo, tanto a nivel directivo como a nivel operativo, deben apegarse a estos principios, especialmente a la hora de tomar decisiones o hacer elecciones y de aplicarlas.

5.4. Antitrust y competencia leal.
Ariston Thermo piensa operar en el mercado respetando las reglas de una competencia fundada en los méritos, correcta y leal. Las Sociedades del Grupo se comprometen a observar estrictamente las leyes pertinentes.

Por tal motivo, Ariston Thermo exige que los Colaboradores de cada Sociedad del Grupo adopten una conducta comercial plenamente coherente con las disposiciones y las finalidades de la disciplina antimonopolio nacional y comunitaria, según lo establecido en el Manual de Conformidad Antitrust que forma parte del presente Código, comunicando al Group General Counsel y Group Compliance Manager toda posible conducta antimonopolio de la que entren en conocimiento durante la ejecución de sus tareas.

5.5. Anticorrupción

Ariston Thermo no tolera comportamientos corruptos con sujetos públicos o privados, ni activos ni pasivos. Las Sociedades del Grupo se comprometen a respetar y hacer respetar las leyes anticorrupción aplicables.

Así mismo, se prohíbe aprovechar u ostentar relaciones existentes o afirmadas con un representante de la Administración Pública para dar o prometer dinero u otras utilidades como precio de una mediación ilícita o para remunerarlo en relación con el ejercicio de sus funciones o poderes.

5.6. Propinas y beneficios

No se admite ninguna forma de regalo que pueda considerarse que exceda las prácticas comerciales o de cortesía habituales u orientada a adquirir tratamientos de favor en la conducción de cualquier actividad relacionada con las Sociedades del Grupo. Esta norma –que no admite derogaciones ni siquiera en los países donde se acostumbra ofrecer regalos de alto valor a los socios comerciales– concierne tanto a los regalos prometidos u ofrecidos como a aquellos recibidos, entendiéndose por regalo cualquier tipo de beneficio. Las Sociedades del Grupo se abstienen de prácticas no permitidas por la ley, los usos comerciales y los códigos éticos de las empresas y entes con los que mantiene relaciones.

5.7. Transparencia en todas las operaciones y actividades

Cada operación o actividad debe ser lícita, autorizada, coherente, documentada, comprobable, de conformidad con el principio de seguimiento y los procedimientos de la empresa, según criterios de prudencia en defensa de los intereses de la Sociedad de pertenencia y de las otras Sociedades del Grupo: los procedimientos de la empresa deben permitir controles de las operaciones, de los procesos de autorización y de la ejecución de las operaciones; cada colaborador que realice operaciones con dinero, bienes u otras utilidades económicamente valorables pertenecientes a las Sociedades del Grupo debe estar en condiciones de proporcionar las pruebas pertinentes para permitir la verificación de dichas operaciones.

5.8. Transparencia de la contabilidad

La contabilidad de las Sociedades del Grupo responde a los principios de verdad, precisión, integridad y transparencia del dato registrado.

Los Destinatarios del presente Código se comprometen a abstenerse de cualquier comportamiento, activo u omisivo, que viole directa o indirectamente los principios normativos y los procedimientos internos que atañen a la elaboración de los documentos contables y su representación en el exterior. En particular, los Destinatarios del presente Código se comprometen a colaborar para que cada operación y transacción sea registrada de manera inmediata y correcta en el respectivo sistema de contabilidad de la empresa según los criterios indicados por la ley y los principios contables aplicables y, si es el caso, debidamente autorizada y verificada.

Los Destinatarios del presente Código tienen la obligación de conservar y poner a disposición para cada operación o transacción la documentación de apoyo pertinente con el fin de permitir:

a)  un registro contable preciso;

b)  la inmediata identificación de las características y los motivos;

c)  la fácil reconstrucción formal y cronológica;

d)  la verificación del proceso de decisión, autorización y realización, en términos de legitimidad y coherencia, así como la identificación de los distintos niveles de responsabilidad.
Los Destinatarios del presente Código que entren en conocimiento de casos de omisión, falsificación o descuido en los registros contables o en la documentación de apoyo tienen la obligación de señalarlo inmediatamente a través del sitio web oficial www.aristonthermo.com/en/governance/whistleblowing y del correspondiente formulario on-line o a través de la dirección de correo electrónico whistleblowing@aristonthermo.com.
Las Sociedades del Grupo promueven el lanzamiento de programas de formación y actualización para familiarizar a los Destinatarios del presente Código con las reglas (normas de ley o de reglamento, prescripciones internas, disposiciones de las asociaciones de categoría) que presiden la formación y la gestión de la documentación contable.
El Grupo se ha dotado de un sistema de gestión del Whistleblowing, vale decir que regula la disciplina, la recepción, gestión y las modalidades de registro de los señalamientos, de forma anónima o no, de empleados o terceros acerca de casos de actos ilícitos o irregularidades con respecto a normas reglamentarias o legislativas, al Código Ético y, en general, a procedimientos adoptados por el Grupo.
El procedimiento garantiza la confidencialidad de la identidad del denunciante y protege al denunciado contra los señalamientos efectuados de mala fe, previendo la posibilidad de recurrir al código disciplinario en tales circunstancias.

5.9. Controles internos

Las Sociedades del Grupo promueven en todos los niveles la adopción de una mentalidad orientada al ejercicio del control. Una actitud positiva y regular de forma consciente hacia los actos de control que contribuyen manera significativa a la mejora de la eficiencia de la empresa.

Por controles internos se entienden todas las herramientas adoptadas por la Sociedad de pertenencia y las otras Sociedades del Grupo para orientar, gestionar y verificar las actividades de la empresa con el objetivo de asegurar el respeto de las leyes y de los procedimientos de la empresa, proteger los bienes de la empresa, gestionar eficientemente las actividades y proporcionar datos contables y financieros, precisos y completos.

Cada nivel de la estructura organizacional tiene la tarea de contribuir a la realización de un sistema de control interno eficaz y eficiente. Por tal motivo, todos los empleados de la Sociedad de pertenencia y de las otras Sociedades del Grupo en el ámbito de sus funciones y tareas son responsables del correcto funcionamiento del sistema de control.

Las Sociedades del Grupo aseguran asimismo a los socios, a la sociedad de revisión contable, si ha sido designada, y a los otros órganos societarios titulares de poder de control, así como al Organismo de Vigilancia, el acceso a los datos, a la documentación y a cualquier información útil para el desarrollo de su actividad.

5.10. Confidencialidad

Los colaboradores tienen la obligación de observar la máxima confidencialidad de información, documentos, estudios, iniciativas, proyectos, contratos, etc., de los que entren en conocimiento con su trabajo, y de abstenerse de darlos a conocer a otras empresas y competidores.

Las Sociedades del Grupo implementan medidas para proteger la información y evitar que resulte accesible a personal no autorizado.

Toda la información, especialmente aquella adquirida en el ámbito de las actividades para los clientes, debe considerarse reservada y no debe ser divulgada a terceros ni utilizada para obtener ventajas personales, directas o indirectas.

5.11. Relaciones con los Socios

Las Sociedades del Grupo apuntan a valorizar el capital social, empeñándose en remunerar el riesgo de manera adecuada, con el fin de aumentar su solidez en una óptica de sustentabilidad a mediano y largo plazo según las reglas del mercado y respetando los principios de honradez y transparencia.

Las Sociedades del Grupo aseguran la plena transparencia de las elecciones realizadas y asumen como objetivo propio mantener y desarrollar un diálogo constructivo con los socios.

Las Sociedades del Grupo aseguran a los socios el ejercicio de los derechos de acceso a la documentación societaria proporcionándoles las aclaraciones que necesiten acerca de la actividad del Grupo Ariston Thermo.

5.12. Relaciones con los Clientes

Un objetivo fundamental para Ariston Thermo es la plena satisfacción de las exigencias de sus clientes, a fin de instaurar una sólida relación inspirada en los valores generales de honradez, honestidad, eficiencia y profesionalidad.

En este marco, las Sociedades del Grupo aseguran a sus clientes la mejor ejecución de los encargos y se orientan constantemente a proponer soluciones cada vez más avanzadas e innovadoras, en una óptica de integración, eficacia, eficiencia y ahorro.

Las Sociedades del Grupo proporcionan información precisa, completa y veraz para que sus clientes puedan tomar decisiones racionales y conscientes.

Además, adoptan un estilo de comunicación fundado en la eficiencia, la colaboración y la cortesía, incluyendo el diálogo con los clientes.

5.13. Relaciones con las entidades financieras

Las Sociedades del Grupo mantienen con las entidades financieras relaciones fundadas en la honradez y la transparencia, en la óptica de la creación de valor para las Sociedades del Grupo, para sus socios y para los interlocutores de referencia. Por eso, las entidades financieras son elegidas en base a su reputación y adhesión a valores comparables con aquellos expresados en el presente Código.

5.14. Relaciones con los Distribuidores

Las relaciones con los distribuidores se caracterizan por la máxima colaboración, en una óptica de ventaja para todas las partes.

Las Sociedades del Grupo definen relaciones contractuales según la honradez y la buena fe, respetando los valores comunes en los que se inspira el presente Código y los dictámenes de la normativa antitrust.

5.15. Proveedores de bienes y servicios

Las Sociedades del Grupo definen con sus proveedores relaciones de colaboración respetando la normativa vigente y los principios del presente Código, cumpliendo con los más altos estándares profesionales y las mejores prácticas en materia de ética, protección de la salud y de la seguridad, libre competencia y respeto del medio ambiente.

Los procedimientos de selección de los proveedores de las Sociedades del Grupo basados en elementos de referencia objetivos y comprobables- tienen en cuenta, entre otros factores, la conveniencia económica, el perfil ético de reputación, la capacidad técnica, la fiabilidad, la calidad de los materiales, la conformidad del proveedor con los procedimientos de calidad adoptados y las credenciales de la contraparte; la Oficina de Compras tiene la tarea de solicitar ofertas a varios proveedores y de evaluarlas de manera equitativa.

5.16. Socios comerciales

Las Sociedades del Grupo, para afrontar la creciente complejidad de la actividad los negocios, promueven en pleno respeto de la normativa antitrust nacional y de la Unión Europea iniciativas como joint ventures o participaciones en sociedades conjuntamente con socios comerciales elegidos según la reputación, la fiabilidad y la adhesión a valores comparables con aquellos expresados en el presente Código.

Las relaciones con los socios comerciales se basan en acuerdos transparentes y en un diálogo constructivo, con el fin de alcanzar objetivos comunes coherentes con las normas y principios del presente Código.

5.17. Administración pública

Honradez y honestidad

En su relación con la Administración Pública, las Sociedades del Grupo inspiran y adecuan su conducta a los principios de honradez y honestidad.

Las personas encargadas por la Sociedad de pertenencia de Ariston Thermo y por las otras Sociedades del Grupo para seguir cualquier negociación, solicitud o relación institucional con la Administración Pública nacional o extranjera no deben por ningún motivo tratar de influir de manera impropia en las decisiones, ni adoptar comportamientos ilícitos, como el ofrecimiento de dinero u otras utilidades que puedan alterar la imparcialidad de juicio del representante de la Administración Pública.

Sin perjuicio de lo antedicho, se prohíbe asimismo cualquier variación del contenido de las ofertas comerciales dirigidas a la Administración Pública sin previa autorización del responsable de la función afectada, y previa aprobación por escrito del Organismo de Vigilancia.

Subvenciones y financiamientos

Las Sociedades del Grupo se comprometen a proporcionar información completa, correcta y veraz a la hora de solicitar contribuciones, subvenciones y financiamientos a la Unión Europea, al Estado o a otros Entes Públicos, aunque sean de valor o importe módico. Las contribuciones, subvenciones y financiamientos deberán emplearse para los fines para los cuales han sido solicitadas.

De la misma manera, en caso de participación en procedimientos públicos, los Destinatarios del presente Código tienen la obligación de operar respetando la ley vigente y la correcta práctica comercial adecuada, evitando inducir a la Administración Pública a operar indebidamente a favor de la Sociedad de pertenencia y de las otras Sociedades del Grupo o a influir sus decisiones de no distorsionar la libre competencia.

Autoridades públicas de control

Los Destinatarios del presente Código se comprometen a observar estrictamente las disposiciones emitidas por las instituciones competentes o las autoridades públicas de control a fin de respetar la normativa vigente en los sectores relacionados con sus áreas de actividad.

Los Destinatarios del presente Código se comprometen a responder a las solicitudes de las instituciones o autoridades públicas de control en el ámbito de sus funciones de vigilancia ofreciendo, si es necesario, la máxima colaboración y evitando comportamientos obstruccionistas.

5.18. Relaciones con representantes de las fuerzas políticas y asociaciones

Las Sociedades del Grupo atienden de manera transparente sus conversaciones con todas las fuerzas políticas, con el fin de representar debidamente sus posiciones con respecto a los temas de interés.

Las Sociedades del Grupo mantienen relaciones con asociaciones de categoría, sindicatos, organizaciones ambientalistas y afines, con el objetivo de desarrollar sus actividades, establecer formas de cooperación de utilidad recíproca y presentar sus posiciones.

5.19. Contribuciones y patrocinios

Las Sociedades del Grupo están dispuestas a hacer contribuciones y patrocinios, respetando los procedimientos establecidos y realizando la publicidad adecuada, con el fin de apoyar iniciativas propuestas por entes públicos y privados y asociaciones sin fines de lucro debidamente constituidas según la ley y que promueven los valores en los que se inspira el presente Código.

5.20. Relaciones con los medios de comunicación masiva

Las relaciones con los medios de comunicación masiva se caracterizan por el respeto del derecho a la información.

La comunicación al exterior de datos e información debe ser veraz, precisa, clara, transparente, respetuosa del honor y la confidencialidad de las personas, coordinada y coherente con las políticas de Ariston Thermo. La información relacionada con la Sociedad de pertenencia y a las otras Sociedades del Grupo y dirigida a los medios de comunicación podrá ser divulgada solamente por las funciones de la empresa designadas para ello, o con autorización de éstas, respetando los procedimientos establecidos y los dictámenes de la normativa antitrust.

5.21. Uso de papel moneda, tarjetas de crédito y sellos

El Grupo, sensible a la exigencia de asegurar una conducción correcta y transparente de los negocios, exige a los Destinatarios respetar la normativa vigente en materia de uso y circulación de moneda, tarjetas de crédito y sellos, por lo que sancionará severamente cualquier comportamiento orientado al uso ilícito o a la falsificación de tarjetas de crédito, sellos, monedas y billetes.

5.22. Actividades orientadas al terrorismo y a la alteración del orden democrático

Las Sociedades del Grupo exigen el respeto de todas las leyes y reglamentos que prohíben el desarrollo de actividades terroristas o de alteración del orden democrático, por lo que se prohíbe también la simple pertenencia a asociaciones con dichas finalidades.

Ariston Thermo condena el uso de sus recursos para la financiación y la ejecución de cualquier actividad destinada a objetivos terroristas o de alteración del orden democrático.

Se prohíbe expresamente a cada empleado de la Sociedad, independientemente del lugar donde se encuentre, participar en cualquier práctica o acción orientada a conductas terroristas o de alteración del orden. En caso de dudas, o si una situación resulta equívoca, el empleado tiene la obligación de dirigirse al responsable de función o al Group General Counsel.

5.23. Crimen organizado

El Grupo Ariston Thermo es consciente del riesgo de que organizaciones criminales locales podrían condicionar la actividad de la empresa, instrumentalizándola para conseguir ventajas ilícitas, por lo que se empeña en la prevención y el combate de la infiltración criminal en la organización.

Con tal fin los Destinatarios tienen la obligación de respetar los procedimientos establecidos por la Sociedad para la evaluación de la fiabilidad de los sujetos que tienen relaciones con la Sociedad (personal, proveedores de bienes y servicios, clientes).

Se prohíbe a todos los Destinatarios someterse a extorsiones de cualquier tipo independientemente de quién las formule; en tal caso, el Destinatario tendrá la obligación de informar al Organismo de Vigilancia y a la policía.

5.24. Delitos transnacionales

Ariston Thermo condena cualquier comportamiento tanto de directivos como de personal subordinado que pueda indirectamente facilitar delitos como asociación a delinquir, asociación de tipo mafioso u obstaculización de la justicia; con dicho propósito, cada Sociedad del Grupo se compromete a activar todas las modalidades de control preventivo y sucesivo necesarias para tal fin.

5.25. Lavado de dinero

Ariston Thermo prohíbe terminantemente a todos los Destinatarios comprar, sustituir o transferir dinero, bienes u otras utilidades conociendo su origen delictivo; o llevar a cabo otras acciones con el fin de obstaculizar la identificación de su origen delictivo.

Las Sociedades del Grupo prohíben emplear en actividades económicas o financieras dinero, bienes u otras utilidades conociendo su origen delictivo.

Además, Ariston Thermo prohíbe:

–  recibir pagos de cuentas cifradas o sujetos no identificables;

–  efectuar pagos en cuentas cifradas;

–  efectuar pagos en países diferentes de aquellos de residencia del proveedor o donde
se haya efectuado la prestación, sin una justificación idónea. –

5.26. Protección de la confidencialidad - Uso del sistema informático y protección del derecho de autor

Ariston Thermo presta atención especialmente a la aplicación de las prescripciones en materia de protección de los datos personales. Respetando el principio de reducir al mínimo el procesamiento de los datos, se recopilan sólo los datos personales exigidos por la ley y estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad de la empresa; se seleccionan formalmente las entidades y personas físicas y jurídicas que pueden procesar dichos datos; se establecen los plazos de conservación de los distintos tipos de datos y se adoptan medidas de seguridad técnico-organizativas adecuadas en defensa de la seguridad de los datos recopilados, de conformidad con el Manual de Protección de Datos y los procedimientos adoptados por Ariston Thermo. Todos los documentos de la empresa, los mensajes de correo electrónico y otros materiales que contengan información de la empresa, así como todos los materiales preparados con dicha información, son propiedad de la Sociedad y deben ser devueltos a la empresa bajo petición de ésta o al finalizar la relación laboral.

Para el uso de los recursos informáticos y de telecomunicación los Destinatarios deben comportarse con diligencia y honradez y respetar las reglas y los procedimientos de seguridad internos.

Los Destinatarios deben abstenerse de actividades con el fin de dañar los sistemas informáticos o de telecomunicación de la Sociedad, de otras Sociedades, del Estado o de un Ente Público o de utilidad pública.

En ningún caso la convicción de actuar en beneficio de Ariston Thermo justifica realizar ningún daño a la información, a los datos o a los programas informáticos del Grupo o de terceros.

La Sociedad se compromete a no reproducir, utilizar, conservar o difundir obras de ingenio en violación de los derechos de propiedad intelectual de sus titulares legítimos y rechaza cualquier modificación o actualización de sistemas operativos o de programas aplicativos en violación de las condiciones de licencia de uso establecidas por contrato de común acuerdo con los proveedores.

5.27. Respeto por el medio ambiente

Las Sociedades del Grupo respetan el ambiente y el ecosistema como recursos que requieren ser protegidos, en beneficio de la comunidad y las generaciones futuras. Respetando las normas vigentes, Ariston Thermo adopta las medidas más adecuadas para preservar el ambiente y el ecosistema, promoviendo y programando el desarrollo de sus actividades en coherencia con dicho objetivo y promoviendo iniciativas de sensibilización.

Con el fin de reducir los riesgos medioambientales, cada destinatario debe operar en línea con los siguientes principios:

–  implementación de todas las acciones necesarias para asegurar el respeto y la adecuación a las previsiones normativas vigentes;

–  constante actualización del personal sobre la evolución legislativa y normativa en materia medioambiental;

–  progresiva integración del cuidado de los aspectos ambientales en las actividades desarrolladas y sensibilización del personal acerca de los problemas ambientales, con el fin de alcanzar altos estándares de profesionalidad;

–  monitorización de los progresos tecnológicos y evaluación de su implementación para garantizar una mayor protección del medio ambiente.

5.28. Cumplimiento comercial

Las Sociedades del Grupo respetan la normativa nacional e internacional en materia de controles de la exportación de productos y en materia de sanciones económicas internacionales. Con tal fin se adoptan procedimientos internos que prevén el análisis de las contrapartes comerciales (proveedores, socios comerciales, clientes, empleados), así como una actividad de debida diligencia sobre los productos internos, con el fin de verificar periódicamente la regularidad de las exportaciones.

6. Modalidades de aplicación y programa de vigilancia

6.1. Comunicación y formación

El presente Código se lleva al conocimiento de todos los sujetos internos y externos interesados en la misión de la empresa, mediante actividades expresas de comunicación y formación.

6.2. Órganos y mecanismos de control

El presente Código Ético es parte integrante y constituye la aplicación del Modelo de Organización y Gestión (en adelante, también “Modelo”) adoptado por las Sociedades italianas del Grupo, que han adoptado el Modelo en pos de la prevención de delitos cometidos en el interés o en ventaja de la Sociedad por parte de los sujetos indicados por el D.L. n. 231 del 8 de junio de 2001.

6.3. Organismo de control

El Organismo de control instituido en cada Sociedad italiana del Grupo que haya adoptado el Modelo está encargado del control del funcionamiento, la aplicación y la actualización periódica del Modelo. Así mismo, controla el cumplimiento del Código Ético por parte de los sujetos Destinatarios del mismo.

El Organismo de control mantiene los requisitos de autonomía e independencia y asume poderes de investigación y control y poderes de iniciativa para la ejecución de las funciones asignadas.

Las tareas y responsabilidades del Organismo de Vigilancia están definidas en el Modelo de las Sociedades italianas del Grupo que lo han adoptado.

6.4. Sistema de poderes y segregación de las tareas

Las Sociedades del Grupo se valen de un sistema de poderes y mandatos según el cual determinadas actividades pueden ser realizadas sólo por sujetos expresamente autorizados.

Además, está prevista una separación de las actividades entre quien autoriza, quien ejecuta y quien controla, de modo que nadie pueda gestionar de manera autónoma el desarrollo completo de un proceso; dicha segregación está garantizada por la intervención de varios sujetos en cada macro-proceso de la empresa, con el fin de garantizar independencia y objetividad y evitar la combinación de funciones potencialmente incompatibles o una concentración excesiva de responsabilidad y poderes en un solo sujeto.

6.5. Sanciones

En caso de violación del Código Ético, las Sociedades del Grupo adoptarán para los autores de la violación, si se considera necesario para proteger los intereses de la empresa, y compatiblemente con lo previsto por el marco normativo vigente y los contratos de trabajo, disposiciones disciplinarias que pueden implicar el apartamiento de los responsables, además de la indemnización de los daños eventualmente derivados de la violación.

El incumplimiento de las normas del Código Ético por parte de los miembros de los órganos sociales puede comportar la adopción, por parte de los órganos sociales competentes, de las medidas más adecuadas previstas y admitidas por la ley.

Las violaciones de las normas del Código por parte del personal empleado constituyen incumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación laboral, con todas las consecuencias contractuales y de ley, incluso con referencia a la relevancia de las mismas como disciplina ilícita.

Las violaciones cometidas por proveedores y colaboradores externos serán sancionables según lo previsto en los contratos de colaboración, salvo en caso de violaciones de ley más relevantes.

7. Disposiciones finales

7.1. Conflicto con el Código

Si alguna de las disposiciones del presente Código entra en conflicto con disposiciones previstas en los reglamentos internos o en los procedimientos, el Código prevalecerá sobre cualquiera de estas disposiciones.

7.2. Modificaciones del Código

Cualquier modificación o integración al presente Código deberá ser aportada con las mismas modalidades adoptadas para su aprobación inicial.

El presente Código es -al menos anualmente- objeto de verificación y eventual actualización por parte del Consejo de Administración.